¿A qué hora empieza la jornada nocturna en Colombia?
A las 7:00 p. m. Antes de la reforma empezaba a las 9:00 p. m., así que dos horas que antes eran diurnas hoy generan recargo nocturno.
Es uno de los cambios que más dinero mueve en empresas con turnos, y de los que más se pasan por alto en la nómina. Si tu personal entra a las 6:00 p. m., una hora de su turno es diurna y el resto nocturna.
Fuente: Art. 160 del CST, modificado por el art. 10 de la Ley 2466 de 2025 ·
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Última verificación contra el texto oficial: 1 de agosto de 2026.
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